IMPUGNACIÓN DE DECISIONES.
Texto del concepto
OFICIO 220-160890 DEL 01 DE DICIEMBRE DE 2015 ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES. Me refiero al escrito radicado en este Despacho con el número 2015-01-422210, mediante el cual describe la situación que se presenta al interior de una sociedad anónima en liquidación, relacionada con una serie de irregularidades que se advierten en algunas actas de asamblea de accionistas, puesto que ellas dan cuenta de hechos que afirma no sucedieron, a la vez que consulta sobre la autoridad ante la cual puede dirigirse para obtener una declaratoria de nulidad o ineficacia de tales documentos, de qué manera puede esta Superintendencia colaborarle en la solución de este problema y qué otro trámite podría realizar para el efecto. Sobre el particular le manifiesto que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y 11, numeral 2º del Decreto 1023 de 2012, por el cual se reestructuró este Organismo, esta Superintendencia absuelve las consultas que se le formulen sobre temas societarios de su competencia y en esa medida emite un concepto u opinión de carácter general, mas sus respuestas en esta instancia no están dirigidas a resolver asuntos de orden contractual, ni menos sobre la legalidad o ilegalidad de actos o decisiones de los órganos de sociedades cuya identidad y antecedentes le son desconocidos, lo que igualmente se predica tratándose irregularidades que comprometan a los administradores, los socios o cualquiera otro órgano. Para ese propósito y siempre que se trate de sociedades no sometidas a la vigilancia de otros organismos que cumplan los presupuesto para ese fin establecidos, uno o más de los asociados representantes de no menos del diez por ciento del capital social o alguno de sus administradores, podrán por sí o por medio de apoderado, solicitar la adopción de cualquiera de las medidas administrativas contempladas en el artículo 87 de la Ley 222 de 1995 , modificado por el artículo 152 del Decreto Ley No. 19 de 2012, entre ellas la práctica de investigaciones administrativas, a las que habrá lugar cuando quiera que pretenda verificarse la ocurrencia de hechos lesivos de los estatutos o de la ley, en cuyo caso esta Entidad decretará las medidas pertinentes, según las facultades asignadas en la misma ley. Ahora, si el propósito es verificar legalidad de las decisiones emanadas de los órganos sociales, se tendrá en cuenta que al tenor del artículo 191 del Código de Comercio, los administradores, los revisores fiscales y los socios ausentes o disidentes podrán impugnar sus decisiones cuando exista mérito para considerar que no se ajusten a las prescripciones legales o a los estatutos , en cuyo caso la acción correspondiente se habrá de intentar ante los jueces, en los términos del artículo 421 del C.P,C.. Lo anterior sin perjuicio de las facultades jurisdiccionales de naturaleza societaria atribuidas a esta Superintendencia en los artículos 133, 136 y 138 de la Ley 446 de 1998; artículos 28, 29 y 43 de la Ley 1429 de 2010 y artículo 24, numeral 5º, literales a), b), c), d) y e) del Código General del Proceso. En este sentido, todos los procesos se adelantan a través de la Delegatura para Procedimientos Mercantiles, e inician con una demanda que debe reunir los requisitos establecidos en los artículos 75, 77, 82 y demás normas aplicables del Código de Procedimiento Civil, los cuales incluyen la presentación de la misma por conducto de abogado inscrito. En los anteriores términos ha sido atendida su solicitud con el alcance señalado por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, no sin antes señalar que en la P. WEB de la Entidad, particularmente en el Link de Procedimientos Mercantiles podrá acceder entre otros a la “ Guía de Litigio Societario” que contiene toda la información relacionada con el trámite de los procesos jurisdiccionales de los que la misma está llamada a conocer.
Fuentes jurídicas
- Ley 1429 de 2010 Legal
- Artículo 87 de la Ley 222 de 1995 Legal
- Ley 446 de 1998 Artículos 28 Legal
- Decreto 1023 de 2012 Legal
- Artículo 28 del Código de Procedimiento administrativo Legal
- Artículo 191 del Código de Comercio Legal
- Artículos 28 del Código de Procedimiento administrativo Legal
- Artículo 152 del Decreto LeyLegal