Captación no autorizada
Texto del concepto
ASUNTO: CAPTACIÓN NO AUTORIZADA Con toda atención se refiere esta oficina a su petición calificada en el asunto como DENUNCIA. Solicitud de concepto yo intervención inmediata de acuerdo a competencias, sustentado en que a su juicio En el municipio de Chía desde hace una década se están creando Asociaciones de Vivienda supuestamente de interés social- que se dedican a captar dineros de familias que tienen la necesidad Ahora bien, acompaa su escrito con unos anexos, documentos entre los que se cuenta un escrito de petición de información sobre la Asociación de vivienda San Miguel así como un acta en el que se relacionan varios representantes de organizaciones de vivienda, sin que identifique claramente de cuáles asociaciones predica las conductas de captación. Si bien es cierto que esta superintendencia se encuentra facultada por el Decreto 4334 de 2008 para intervenir sujetos, operaciones, etc. de las cuales pueda intuirse una captación no autorizada de dineros, el mismo decreto refirió sus supuestos así: ARTÍCULO 6o. SUPUESTOS: La intervención se llevará a cabo cuando existan hechos objetivos o notorios que a juicio de la Superintendencia de Sociedades, indiquen la entrega masiva de dineros a personas naturales o jurídicas, directamente o a través de intermediarios, mediante la modalidad de operaciones de captación o recaudo en operaciones no autorizadas tales como pirámides, tarjetas prepago, venta de servicios y otras operaciones semejantes a cambio de bienes, servicios o rendimientos sin explicación financiera razonable. Subrayado y destacado fuera de texto Así, resulta claro que no todo pago efectuado como consecuencia de la prestación de un servicio o la adquisición de un bien resulta inquietante para esta entidad por cuanto para considerar la captación resulta indispensable que las mismas no tengan explicación financiera razonable por esto, ante la situación descrita en su consulta, agradecemos que precise a qué asociación o asociaciones se refiere y nos ayude con mayor información en orden a si se considera pertinente realizar la investigación respectiva. El escrito que contenga las precisiones requeridas puede ser dirigido a la Delegatura para Procedimientos de la Insolvencia.
Fuentes jurídicas
- Decreto 4334 de 2008 Legal