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📑 Concepto jurídico

REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECUPERACIÓN EMPRESARIAL EN CÁMARAS DE COMERCIO

11 de agosto de 2025Rad. 2025-01-576576
Cámaras de comercioMecanismos de salvamento y recuperación

Texto del concepto

OFICIO 220-085391 DE 12 DE AGOSTO DE 2025 ASUNTO: REGLAMENTO SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECUPERACIÓN EMPRESARIAL EN CÁMARAS DE COMERCIO Me refiero a su comunicación radicada mediante la cual formula unas inquietudes que corresponden ser atendidas por la Superintendencia de Sociedades, en los siguientes términos: “Respecto de los procedimientos de recuperación empresarial en cámaras de comercio, la Ley 2437 de 2024, artículo 7, inciso 9 (…) solicito me informe lo siguiente: 1. Si ya se ha expedido la referida reglamentación por parte del Gobierno Nacional. En caso afirmativo, cuál es el respectivo decreto y en qué Diario Oficial fue publicado. 2. Si no ha sido expedida la referida reglamentación, cuáles son las razones para que aún no se haya hecho y cuando será expedida.” Previamente a responder su consulta debe señalarse que la competencia de esta entidad es eminentemente reglada y sus atribuciones se hayan enmarcadas en los términos del numeral 24 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 82, 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995 y el Decreto 1736 de 2020, modificado por el Decreto 1380 de 2021. Así, al tenor de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 1736 de 2020, es función de la Oficina Asesora Jurídica de esta entidad absolver las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia de Sociedades, salvo las que correspondan a actuaciones específicas adelantadas por las dependencias de la Entidad y, en esa medida, emite un concepto u opinión de carácter general y abstracto que como tal no es vinculante ni compromete su responsabilidad. Con el alcance indicado, esta Oficina procede a responder sus inquietudes en los siguientes términos: Es pertinente informar que mediante la Resolución No. 100-033331 publicada en Diario Oficial No. 53.112 del 9 de mayo de 2025, se aprobó el reglamento único de las Cámaras de Comercio y sus centros de Conciliación y Arbitraje establecido por la Confederación de Cámaras de Comercio, el cual señala el procedimiento que rige dicha materia. Esta decisión se adoptó conforme a las disposiciones normativas vigentes y en atención a las competencias de la entidad. Considerando lo expuesto previamente, no hay lugar a proporcionar una respuesta al segundo interrogante planteado. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida, con los efectos descritos en el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no sin antes señalar que en la Página WEB de la Entidad puede consultar directamente Página | 1 ________________________________________________________________________ la normatividad, los conceptos que la misma emite sobre las materias de su competencia y el aplicativo Tesauro. Página | 2

Fuentes jurídicas