Radicación 2011- 01- 318788 Regulación del régimen sancionatorio.
Texto del concepto
ASUNTO: REGULACIÓN DEL RÉGIMEN SANCIONATORIO. Aviso recibo del escrito en referencia, a través del cual manifiesta que desea conocer el régimen sancionatorio con relación al incumplimiento a temas cambiarios inversión extranjera, específicamente el no suministro de información al Banco de la Republica. Para resolver su inquietud debo expresarle que el Régimen Sancionatorio y el Procedimiento Administrativo Cambiario se encuentra regulado por el Decreto- ley 1746 de 1991, siendo competente esta Superintendencia para establecer las infracciones cambiarias e imponer las sanciones a que hubiere lugar, referidas a operaciones de inversión extranjera en Colombia inversión Colombiana en el exterior y endeudamiento externo de empresas Art. 82 de la Ley 222 de 1995. Para mayor información e ilustración sobre temas societarios, se sugiere consultar la página de Internet de la Entidad www.supersociedades.gov.co o examinar los libros de Doctrinas y Conceptos Jurídicos y Contables publicados por la Entidad. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no sin antes manifestarle que los efectos son contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo
Fuentes jurídicas
- Artículo 82 de la Ley 222 de 1995 Legal· Vigente
- Ley 1746 de 1991 Legal
- Artículo 25 del Código contencioso Administrativo Legal