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📑 Concepto jurídico

ELFA PATRICIA RAMÍREZ COLMENARES Radicación 2006-01-084792. Disolución y liquidación de sociedades. Competencia de la Superintendencia de Sociedades.

8 de junio de 2006Rad. 2006-01-111926
Superintendencia de sociedades

Texto del concepto

Ref.: Radicación 2006-01-084792. Disolución y liquidación de sociedades. Competencia de la Superintendencia de Sociedades. Me refiero a su escrito radicado con el número en referencia, por el cual eleva una consulta relativa a la viabilidad de solicitar a este despacho la declaratoria de disolución de una sociedad, en términos del artículo 221 del Código de Comercio. Sobre el particular le informo que, dicha facultad sólo la tiene la Superintendencia de Sociedades en relación con las sociedades sometidas a su vigilancia permanente, conforme a los previsto en el artículo 84, inciso segundo y el Decreto 3100 de 1997, en armonía con la previsión del numeral 5. de la primera de las citadas normas. No obstante lo anterior y por no estar sometida la sociedad que nos ocupa a la vigilancia permanente de esta Entidad, es posible que cualquiera de los socios demande ante la justicia ordinaria la declaratoria de disolución y liquidación de la sociedad, conforme lo consagrado en el artículo 627 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En los anteriores términos ha sido resuelta su consulta, la cual surte los efectos previstos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Fuentes jurídicas