Micelio
📑 Concepto jurídico

220-51879,Reiteración derecho de Petición de información y copia Auténtica.

29 de diciembre de 2001
Actas

Texto del concepto

REF. REITERACIÓN DERECHO DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN Y COPIA AUTÉNTICA Acusa recibo la Superintendencia de Sociedades de su escrito radicado con el número 2001-01-113434, a través del cual solicita información sobre una serie de aspectos relativos a las providencias que se citan, e insiste en que se le suministre copia auténtica de un documento, en el que tiene especial interés Acta de Registro de su firma. Inicialmente se deja en claro que además su solicitud formula varios interrogantes que tienen que ver concretamente con funcionarios que conocieron de la intervención de sus negocios, bienes y haberes por el ejercicio ilegal de la actividad de vivienda. De ahí que esta Oficina se permite dar respuesta a los numerales 5 y subsiguientes, habida consideración que los anteriores se remitieron al grupo de Recursos Humanos de esta Superintendencia para lo de su cargo. 5 Conforme se constata en el acta de transferencia de expedientes ordenada por el parágrafo transitorio del artículo 187 de la Ley 136 de 1994, la cual se le anexa en copia simple, los documentos relativos a la intervención de que fue objeto inicialmente en sus negocios, bienes y haberes el seor Luis Hernándo Rodríguez Contreras, y más tarde ampliada la medida precisamente a usted, fueron entregados directamente a la Alcaldía Mayor de Bogotá, por intermedio del seor Pablo Antonio Luque Moreno, persona designada para el efecto. La operación se realizó el 19 de junio de 1996, una vez se resolvió por el Consejo de Estado el conflicto de competencias suscitado entre esta autoridad y el Concejo Distrital. 6 Como lo demuestra el acta de transferencia, se entregaron los tres 3 tomos que hasta el momento existían en la Superintendencia de Sociedades, referentes obviamente a la medida de intervención. El número de folios ascendía en su momento a 1416. Es de resaltar que los expedientes se encontraban conforme al artículo 29 del actual Código Contencioso Administrativo formación y examen posterior de expedientes, es decir, los conformaban los documentos relacionados con la actuación derivada de la intervención. 7 Establecer el folio en el cual se encuentre la copia expedida por el notario veintiuno , se torna imposible para la Entidad, no obstante, se le sugiere dirigirse a la oficina respectiva de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a fin de que ubique en el expediente el documento solicitado. 8 El sealamiento que se hizo en el Oficio 2001-01-077396, que a la letra expresó: teniendo en cuenta que copia de su escrito que por este se responde fue remitido igualmente al Subsecretario de Control de Vivienda de la Alcaldía Mayor de Bogotá , hace alusión a la afirmación que usted mismo expresó al anunciar en el folio 10, la remisión de una copia al doctor Jorge Mendoza Ardila, Subsecretario de Control de Vivienda, Alcaldía Mayor de Santa Fe sic de Bogotá D.C. Secretaría General . Por tanto, debe quedar claro que esta entidad no remitió copia de su escrito al precitado ente, precisamente por que usted ya lo había hecho. Además ha de tener en cuenta lo que esta Entidad a renglón seguido advirtió, en el sentido de que debe suponerse que conoce que los antecedentes de la intervención se encuentran en esa oficina, por lo que se le sugiere dirigirse a la misma a fin de obtener copia del referido documento al ser imposible para esta Superioridad su expedición, por la circunstancia comentada . 9 Con base en lo anotado en el párrafo precedente, tenemos que al no remitirse copia de escrito la Alcaldía Mayor de Bogotá, los anexos allegados con su primer oficio sí reposan en la Superintendencia de Sociedades.

Fuentes jurídicas