Micelio
📑 Concepto jurídico

220-35295,Asunto: Los derechos de los asociados son de aplicación idéntica para todos-Los minoritarios deben someterse a la ley de las mayorías-Conflicto de intereses.

4 de marzo de 2003

Texto del concepto

A U T O 441 220-15004, 05 de marzo de 2003 Elección de junta directiva y representante legal en los Fondos Ganaderos. Aviso recibo de su escrito radicado con el número 2003-01-016461 de 6 de febrero pasado, mediante el cual consulta si es legal que los gerentes de los Fondos Ganaderos se perpetúen en el cargo empleando el sistema de recolección de poderes de los accionistas. Además si existe algún mecanismo para impedir que los accionistas clase B designen 3 miembros de los 5 que conforman la junta directiva del mismo. Sea lo primero advertir que conforme con la normativa que regula el funcionamiento de los Fondos Ganaderos, contenida, entre otras disposiciones, en la Ley 363 de 1997, resulta claro que los accionistas clase A y B, de acuerdo a la participación en el capital social, designan los miembros de la junta directiva que les corresponda de los cinco 5 miembros que la conforman mediante el sistema de cuociente electoral sobre el total de acciones suscritas art. 5. Por su parte, el artículo 6 de la misma, dispone que corresponde a la junta directiva designar al representante legal, para un período de dos 2 aos, sin perjuicio que pueda ser reelegido o removido del cargo en cualquier momento. En ese orden de ideas, si considera que existen hechos violatorios de la ley, el mecanismo viable será ponerlo en conocimiento de la Entidad estatal que ejerce inspección, vigilancia o control sobre el Fondo Ganadero del cual es accionista, para que previa evaluación de los mismos, ordene la práctica de una visita y se adopten los correctivos a que hubiere lugar.

Fuentes jurídicas