Radicación 2013-01-108091 - Poder para actuar
Texto del concepto
Referencia: Radicación 2013-01-108091- Poder para actuar En atención a su solicitud radicada con el No. de la referencia me permito manifestarle que de conformidad con las reglas previstas en la Ley 1395 de 2010, particularmente en el artículo 41 que consagra la presunción de autenticidad de la demanda, el poder para iniciar los procesos de los que conoce la Superintendencia en ejercicio de las facultades jurisdiccionales llamadas a la resolución de conflictos societarios, no requiere en concepto de esta Oficina autenticación ni presentación personal. Para mayor información sobre el tema puede consultar directamente la P. WEB de la Entidad, en el link de Procedimientos Mercantiles donde encontrará entre oteros una Guia completa de litigio societario que contiene inclusive las instrucciones para la presentación de la demanda. En los anteriores términos su solicitud ha sido respondida con los alcances que seala el Artículo 28 del C.C.A.
Fuentes jurídicas
- Ley 1395 de 2010 Legal