ASUNTO: Empresas de Servicios Públicos- Artículo 153 Ley 142 de 1994
Texto del concepto
ASUNTO: Empresas de Servicios Públicos- Artículo 153 Ley 142 de 1994 ASUNTO: Empresas de Servicios Públicos- Artículo 153 Ley 142 de 1994 Me refiero a su comunicación radicada con el número 2009-01-101042, mediante la cual expone que la sociedad COMPAÍA ENERGETICA DEL TOLIMA S.A. ESP, tiene a su cargo la prestación del servicio domiciliario de energía eléctrica principalmente en el departamento del Tolima, tanto la empresa como su establecimiento de comercio están debidamente registrados en la cámara de comercio de Ibagué, ciudad en la que se estableció su domicilio principal. Agrega que en cumplimiento del artículo 153 de la ley 142 de 1994, la compaía cuenta con 11 centros de atención integral al cliente CAICE, 8 de los cuales se ubican en municipios diferentes de Ibagué, en dichos centros se atienden peticiones, quejas y recursos presentados por los clientes y se efectúa el recaudo de los diferentes conceptos que factura la compaía. Finalmente, manifiesta que en los últimos días, se han recibido comunicaciones de Cámaras de Comercio de algunos de los municipios en donde existen dichos centros, en las cuales se solicita la inscripción, conforme al artículo 28 numeral 6 del Código de Comercio, de dichas oficinas ante el registro mercantil. Previa la descripción de los hechos que anteceden, consulta si dichas oficinas de atención de peticiones, quejas y recursos, que son de obligatoria constitución, pueden ser consideradas establecimientos de comercio o sucursales y por lo tanto de obligatorio registro ante la respectiva cámara de comercio . Antes de responder la inquietud por usted propuesta, considero del caso observar que este Despacho con fundamento en el artículo 25 del C.C.A. profiere los conceptos de carácter general y en abstracto a que haya lugar con motivo de las consultas que le son formuladas sobre las materias de su competencia, mas no le es dable mediante esta instancia emitir pronunciamientos de ninguna índole sobre situaciones particulares y concretas, de sociedades cuyos antecedentes le son ajenos, por lo tanto, y sin perjuicio de la opinión de la Superintendencia de Servicios Públicos, se procede a realizar el siguiente análisis: Artículo 263 del Código de Comercio, dispone lo siguiente: son sucursales los establecimientos de comercio, abiertos por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o parte de ellos, administrados por mandatarios con facultades para representar a la sociedad. Cuando en los estatutos no se determinen las facultades de los administradores de las sucursales, deberá otorgárseles un poder por escritura pública o documento legalmente reconocido, que se inscribirá en el registro mercantil. A falta de dicho poder, se presumirán que tendrán las mismas atribuciones de los administradores de la principal. Ley 142 de 1994: Articulo 17: Naturaleza. Las empresas de Servicios Públicos son sociedades por acciones cuyo objeto es la prestación de servicios públicos de que trata esta Ley. La negrilla no es del texto. Artículo 18. Objeto: La empresa de Servicios Públicos tiene como objeto la prestación de uno o más de los servicios públicos a los que se aplica esta ley, o realizar una o varias actividades complementarias o una y otra cosa La negrilla no es del texto. Artículo 23. Ámbito Territorial de Operación. Las empresas de Servicios Públicos pueden operar en igualdad de condiciones en cualquier parte del país, con sujeción a las reglas que rijan en el territorio del correspondiente departamento o municipio. . Artículo 153. De la oficina de peticiones y recursos. Todas las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios constituirán una oficina de peticiones, quejas, y recursos , la cual tiene la obligación de recibir, atender, tramitar y responder las peticiones o reclamos y recursos verbales o escritos que presenten los usuarios, los suscriptores o los suscriptores potenciales en relación con el servicio o los servicios que presta la empresa. Estas oficinas llevarán una detallada relación de las peticiones y recursos presentados y del trámite y las respuestas que dieron. Las peticiones y recursos serán tramitados de conformidad con las normas vigentes sobre el derecho de petición . Ahora bien, de las normas transcritas, así como del estudio del objeto social previsto en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Ibagué, se concluye que la capacidad social no es exclusiva1 en el desarrollo de la actividad de servicios públicos y en tal virtud, 1 emprender todas las actividades relacionadas, conexas, afines o complementarias con dicho objeto, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Para la realización de los fines que persigue la sociedad o que se relacionen con su existencia o funcionamiento, la sociedad podrá celebrar y ejecutar cualesquiera actos y contratos entre otros, prestar servicios de asesoría consultoría, interventoría, salvo que las oficinas abiertas en los distintos municipios realicen actividades comerciales distintas de las relacionadas en el citado artículo 153, a juicio de esta Oficina, no tendría que cumplir la condición prevista en el mencionado artículo 28 numeral 6 del Código de Comercio. En los anteriores términos se ha atendido su inquietud, no sin antes manifestarle que el presente oficio tiene los alcances del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. intermediación, recaudo, facturación, toma de lecturas de consumo, reparto de facturas, construcción de infraestructura, importar, exportar, comprar, comercializar y vender toda clase de bienes y servicios prestar toda clase de servicios técnicos, de administración, operación o mantenimiento de cualquier bien, tomar dinero en mutuo con o sin intereses, celebrar contratos de leasing o cualquier otro contrato de riesgo compartido, y demás que resulten necesarias y convenientes para el ejercicio de su objeto social. Adicionalmente podrá constituir sociedades y Realizar inversiones en el extranjero y contratar los servicios de asesoría cualquiera que sea su necesidad con personas naturales o jurídicas extranjeras ,