220-51592, Ref.:Eventos en que es obligatorio el revisor fiscal.
Texto del concepto
Ref.: Eventos en que es obligatorio el revisor fiscal. Distinguida seora Arango: Aviso recibo de su escrito remitido por la Superintendencia de Industria y Comercio y radicado con el número 2003-01-113785 de 25 de junio pasado, mediante el cual pregunta los requisitos que debe tener una empresa para tener revisor fiscal. Para dar respuesta a su consulta basta una simple lectura al artículo 203 del C. de Co. y al parágrafo segundo del artículo 13 de la Ley 43 de 1993, normatividad que establece la obligatoriedad de tener revisor fiscal en las sociedades por acciones sucursales de sociedades extranjeras y cuando así lo decidan los socios excluidos de la administración, siempre que representen, por lo menos, el 20 del capital social. Además, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la compaía, siempre que a 31 de diciembre del ao inmediatamente o durante el mismo período, sus activos brutos yo ingresos brutos, sean iguales o superiores, en su orden, a cinco y tres mil salarios mínimos.