Algunos Aspectos Relacionados Con Las S.A.S
Texto del concepto
ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LAS S.A.S. Acuso recibo del escrito citado en la referencia, con el cual presenta consulta relativa algunos aspectos relacionados con la Sociedad por Acciones Simplificada S.A.S., inquietudes que se resolverán en el orden propuesto. Antes de resolver lo propio debe reiterarse que la competencia de esta Entidad es eminentemente reglada y sus atribuciones se hayan enmarcadas en los términos del numeral 24 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 82, 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995 y el Decreto 1023 de 2012. Así, al tenor de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 1023 de 2012, es función de la Oficina Asesora Jurídica de esta Entidad absolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares sobre las materias a su cargo y en esa medida emite un concepto u opinión de carácter general que como tal no es vinculante ni compromete su responsabilidad. Bajo esa premisa jurídica este Despacho se permite resolver las inquietudes en el siguiente contexto: 1. Qué ocurre cuando una en una S.A.S., no se realizan operaciones comerciales durante un ao Sobre este aspecto puede indicarse lo siguiente: El representante legal de la sociedad responde solidaría e ilimitadamente por los perjuicios que por dolo o culpa ocasione a la sociedad, a los accionistas o a terceros, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 222 de 1995. En cumplimiento de su mandato, el representante legal deberá poner en conocimiento del máximo órgano social las razones por las cuales la sociedad no ha realizado operaciones comerciales en desarrollo del objeto social, para que la asamblea de accionistas tome las decisiones a que haya lugar, dentro de las cuales se podrían encontrar las de remover al 2 representante legal o disolver y liquidar la sociedad por alguna de las causales dispuestas en el artículo 218 del Código de Comercio. 2. Cómo afecta no renovar la matrícula mercantil durante más de 3 aos La parálisis en el desarrollo del objeto social que supere los tres aos, eventualmente puede dar lugar al inicio del procedimiento para declarar la disolución de las sociedades no operativas, en los términos del artículo 1 del Decreto 1068 de 2020. 3. Qué ocurre cuando en una S.A.S., no se efectúan las asambleas ordinarias de ley ni tampoco las extraordinarias Como se indicó en el acápite primero de este escrito el representante legal de la sociedad en su gestión responde solidaría e ilimitadamente por los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los accionistas o a terceros en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la ley 222 de 1995. Por lo cual, el representante legal tiene el deber fundamental de cumplir con los estatutos sociales y la ley y, en consecuencia, convocar al máximo órgano social en la época fijada en los estatutos y en ausencia disposición estatutaria, conforme lo previsto en la Ley. Ahora bien, en aras de solucionar cualquier diferencia que se pueda estar presentando al interior de la sociedad, es posible acudir a los medios previstos en los estatutos sociales para tal efecto, o agotar varios mecanismos que el ordenamiento jurídico pone a su alcance, entre ellos: a Hacer uso del centro de conciliación de esta entidad, a tono con los presupuestos prescritos en el parágrafo 2 del artículo 152 del Decreto 019 de 2012. b Cuando en los estatutos sociales se encuentre previsto, pueden acudir al Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de esta Superintendencia presentando la correspondiente demanda arbitral en la forma establecida en la Ley c Acudir al procedimiento jurisdiccional ordinario, conforme a las reglas previstas en los liberarles a, b, c, d y e del numeral 5 del artículo 24 del Código General del Proceso, frente a esta Superintendencia, como juez societario. 4. Qué ocurre si en un ao fiscal la S.A.S., no declara los impuestos correspondientes de Renta e Iva Este aspecto tributario tendrá que soportarse, agotarse y definirse conforme a las reglas del Estatuto Tributario. 3 Cualquier consulta adicional que se requiera en ese sentido podrá ser elevada a la Dirección de Impuesto Aduanas Nacionales DIAN, en aras de recibir mayor información en torno a los tramites sancionatorios que eventualmente se hubieran podido iniciar por el incumplimiento de las normas tributarias. 5. Puede decretarse de oficio la disolución y liquidación por parte de la Supersociedades Sin perjuicio de lo sealado en el Decreto 1068 de 2020, a petición de parte se puede iniciar el procedimiento previsto por el artículo 138 de la ley 446 de 1998, ante esta Superintendencia de Sociedades, que seala lo siguiente: Artículo 138.Discrepancias sobre las causales. La Superintendencia de Sociedades podrá dirimir las discrepancias sobre la ocurrencia de causales de disolución de sociedades no sometidas a la vigilancia y control del Estado o que estándolo, la entidad respectiva no tenga dicha facultad. Lo anterior podrá solicitarse por cualquier asociado mediante escrito presentado personalmente por el interesado o su apoderado, junto con los anexos que por vía reglamentaria determine el Gobierno Nacional. Amén de lo anterior, si la sociedad se encuentra en estado de control, esta Superintendencia puede convocar a la sociedad al trámite de un proceso de insolvencia en los términos del numeral 7 del artículo 84 de la ley 222de 1995, así: 7. Convocar a la sociedad al trámite de un proceso de insolvencia, independientemente a que esté incursa en una situación de cesación de pagos. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida en el plazo y con los efectos descritos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso, no sin antes sealar que puede consultarse en la Página WEB de la Entidad, la normatividad, los conceptos jurídicos alusivos con el tema u otro de su interés.
Fuentes jurídicas
- Artículo 24 de la Ley 222 de 1995 Legal
- Artículo 138 de la Ley 446 de 1998 Legal· Vigente
- Artículos 217 y 218 del Código de Comercio Legal· Vigente
- Artículo 24 del Código General del Proceso Legal
- Artículo 1 del Decreto 1068 de 2020 Legal
- Artículo 152 del Decreto 019 de 2012 Legal· Vigente