Micelio
📑 Concepto jurídico

220-58178,Asunto:Fusión y Transformación

19 de noviembre de 2002
Sociedad

Texto del concepto

Asunto: Fusión y Transformación Con toda atención se refiere el Despacho a la consulta formulada, mediante comunicación radicada con el No. 2002-01-134101 relacionada con un proceso de fusión y con la conversión de una sociedad comercial en entidad sin ánimo de lucro. En cuanto a la procedencia de la autorización de la reforma estautaria de fusión se seala que esta procede cuando se trata de sociedades vigiladas o controladas. Se dice que una sociedad está vigilada cuando se expide un acto administrativo de carácter particular como consecuencia de establecer las irregularidades previstas en el artículo 84 de la Ley 222 de 1995 y, cuando se trata de una sociedad que está incursa en una de las causales previstas en el Decreto 3100 de 1997. A su vez se trata de una sociedad en control, cuando así lo declare un acto administrativo de carácter particular y concreto con la finalidad de subsanar situaciones críticas, tal como lo prevé el artículo 85 de la Ley ya citada. En cuanto la conversión de sociedad comercial en entidad sin ánimo de lucro, esta Superintendencia ya ha expuesto su criterio en el sentido de sealar su importancia, salvo disposición legal expresa que lo autorice. Estos conceptos podrán ser consultados en el Libro Doctrinas y Conceptos del Ao 2000 publicado por la entidad, y a disposición en la biblioteca de la Entidad. Así mismo, podrá consultarlos en la página Web: www.supersociedades.gov.co . No sobra advertir que la transformación es una reforma que implica el cambio de tipo de sociedad, pero no de naturaleza jurídica. En estas condiciones, se da respuesta a la consulta formulada advirtiendo que la misma tiene el alcance sealado en el artículo 20 del Código Contencioso Administrativo. http:portal.supersociedades.gov.co

Fuentes jurídicas