Como parte del PAC y del PAL, las entidades deben remitir a la SFC los reportes de información correspondientes al PAC y PAL individual y consolidado bajo las reglas, mecanismos, formatos o demás herramientas de información que establezca la SFC.
Adicionalmente, las entidades deben preparar un Informe Anual de Autoevaluación de Capital y Liquidez (en adelante «IACL»), el cual debe ser aprobado por la Junta Directiva u órgano que haga sus veces (en adelante «JD»), y presentado a la SFC a más tardar el último día hábil de mayo con información a corte del 31 de diciembre del año anterior. Para el caso de las entidades que presenten un IACL a nivel consolidado, se debe presentar un único informe que contenga tanto la información individual de la entidad como la información consolidada, a más tardar el último día hábil del mes de junio.
El IACL debe incluir las siguientes secciones:
Resumen y conclusiones
Estrategia, plan de negocio a mediano plazo y MAR
Estructura de gobierno y sistema de gestión de los riesgos
Pruebas de estrés, pruebas de resistencia y pruebas de resistencia inversa para el PAC y el PAL
Estructura de datos y sistemas TI
Autoevaluación de capital
Identificación y medición de los riesgos, y cuantificación del capital necesario para cubrirlos
Agregación de las necesidades de capital
Planificación de capital
Autoevaluación de liquidez
Programa de actuación futura
Elementos adicionales
El IACL se debe ajustar a las necesidades y circunstancias de cada entidad, de forma que haga énfasis en los riesgos materiales en función de su plan de negocio y del MAR.
El IACL debe ser construido de forma clara, con insumos tanto cuantitativos como cualitativos, internos o externos. Adicionalmente, el IACL podrá contener referencias a otros informes o documentos que desarrollen cualquiera de sus secciones, con excepción de la sección 1 (Resumen y conclusiones) y 8 (Programa de actuación futura). Los documentos referenciados deben estar debidamente actualizados y deben aportarse como anexos del IACL. La información incluida debe responder al objetivo y necesidades del IACL.
Resumen y conclusiones
Esta sección resume los principales aspectos del IACL, así como las conclusiones del PAC y PAL, los cuales deben presentarse con mayor profundidad en cada uno de los apartes del IACL.
Las entidades obligadas a presentar estados financieros consolidados deben identificar las entidades incluidas en el PAC y el PAL, así como su contribución a los resultados de los procesos.
Las entidades deben señalar los cambios recientes o previstos en el corto plazo relacionados con el plan de negocio, el MAR, el sistema de gestión de riesgos y las mejoras incluidas en el PAC y PAL en el año inmediatamente anterior producto de ajustes internos, recomendaciones de la SFC, de la auditoría interna o de la revisoría fiscal.
Finalmente, se deben incluir los resultados de la evaluación de la auditoría interna sobre la consistencia de la información contenida en el IACL. En todo caso, el informe completo de la evaluación deberá estar a disposición de la SFC.
Plan de negocio a mediano plazo y MAR
La entidad debe incluir el documento del MAR señalado en el SIAR. En adición, en esta sección debe incluir una descripción de la interacción del MAR con el PAC y el PAL durante el periodo de referencia.
Adicionalmente, se debe incluir un resumen del plan de negocio a mediano plazo (mínimo de 3 años) y, si los hubiera, los cambios relevantes previstos en sus actividades. Para tal efecto, se deben incluir las proyecciones de las principales líneas de negocio y de las variables macroeconómicas relevantes para los mercados en los que opera la entidad.
Estructura de gobierno y del sistema de gestión de los riesgos
En esta sección se debe: (i) describir los aspectos cualitativos relacionados con la gestión y gobierno de riesgos asociados con el PAC y el PAL, y (ii) analizar la efectividad de la estructura de gobierno de riesgos, respecto de las características, funcionamiento y demás etapas del PAC y el PAL.
Adicionalmente, la entidad debe describir la metodología, proceso, método o esquema de gobierno que permite controlar la coherencia entre los riesgos y los niveles de capital definidos por los modelos cuantitativos, y las áreas responsables de ejecutar este control.
Las entidades deben señalar las debilidades existentes, y las medidas adoptadas para su mejoramiento.
Pruebas de estrés, pruebas de resistencia y pruebas de resistencia inversa para el PAC y el PAL
En esta sección se deben presentar las conclusiones de las pruebas de estrés, pruebas de resistencia y pruebas de resistencia inversas ejecutadas con parámetros establecidos por la entidad, realizadas durante el año de referencia y su incidencia en el PAC y el PAL.
En todo caso, el PAC y el PAL deben soportarse en al menos una de las siguientes pruebas, según lo que defina cada entidad: (i) una prueba de resistencia interna ejecutada con parámetros establecidos por la entidad, que contemple un escenario base y uno adverso de deterioro general de la economía; o (ii) una prueba de resistencia inversa interna, ejecutada con parámetros establecidos por la entidad, que contemple un escenario de deterioro predefinido. La prueba debe realizarse de conformidad con las instrucciones del EPR y cumplir los siguientes requisitos:
Cubrir el mismo período prospectivo que el PAC y el PAL, y ser actualizada al menos con la misma regularidad que dichos procesos.
Ser utilizada por las entidades para evaluar la viabilidad de sus planes de capital y liquidez bajo condiciones de estrés. Para lo anterior, las entidades deben considerar la severidad del escenario y su probabilidad de ocurrencia.
Tener en cuenta cualquier tipo de impedimento, incluyendo jurídicos u operacionales, que puedan afectar la implementación de las acciones mitigantes o de recuperación, tal como apoyos de capital o liquidez de entidades del mismo grupo financiero, así como los impedimentos en la transferencia de liquidez en operaciones transfronterizas.
Permitir la definición del momento y la magnitud de las acciones mitigantes o de recuperación a implementar.
Diferenciar entre aquellos activos que con una probabilidad muy alta permanecen líquidos durante periodos estresados y aquellos activos que solo pueden usarse para obtener liquidez de los bancos centrales.
Estructura de datos y sistemas TI
Esta sección debe describir brevemente el gobierno y la estructura de datos utilizada a efectos del PAC y del PAL, así como los sistemas utilizados para su tratamiento, comunicación interna y los mecanismos aplicados para mantener la integridad de la información base.
Autoevaluación de capital
Esta sección debe identificar y señalar los resultados de la medición y agregación de todos los riesgos materiales a los que está expuesta la entidad, así como el capital necesario para cubrirlos de forma que se optimice la asignación de recursos de capital. La entidad debe señalar el objetivo interno de capital, junto con una exposición de los argumentos que sustentan este objetivo.
Así mismo, se debe incluir una descripción de las metodologías, modelos, métricas y supuestos implementadas para la identificación y medición de los riesgos, así como de los límites definidos por la entidad para controlar sus distintas exposiciones.
Identificación y medición de los riesgos, y cuantificación del capital necesario para cubrirlos
Las entidades deben describir la metodología, modelo o método con base en el cual se asegura la coherencia entre los riesgos y los niveles de capital. Para evaluar los requerimientos de capital por cada riesgo, las entidades deben tener en cuenta los siguientes lineamientos, sin perjuicio de su responsabilidad de identificar todos los demás riesgos materiales y determinar las métricas para establecer los requerimientos de capital correspondientes. Para cada uno de los riesgos calificados como no materiales, se deben explicar brevemente los motivos que justifican su consideración como riesgo no material.
Riesgo de crédito:
Las entidades pueden utilizar la metodología prevista en el Capítulo XIII-16 de la CBCF para la medición de los activos ponderados por nivel de riesgo crediticio (en adelante «APNR»), o implementar modelos internos para determinar el capital necesario para cubrir la pérdida inesperada dado un nivel de confianza establecido por la entidad. Sin perjuicio de lo anterior, se deben identificar los aspectos del riesgo de crédito que no se recojan en la metodología de cálculo de los APNR, con el fin de realizar ajustes para establecer los cargos de capital adicionales que se requieran para reflejar adecuadamente todos los aspectos de este riesgo.
Riesgo de concentración:
Las entidades deben implementar metodologías internas para medir el riesgo de concentración sobre todos los activos, exposiciones y contingencias utilizadas para el cálculo de los APNR, así como los cargos de capital adicional que se requieran para cubrir adecuadamente este riesgo. Estas metodologías podrán construirse a partir de índices de Herfindahl o cualquier otra metodología reconocida técnicamente que permita estimar la concentración.
En esta línea, las entidades deben identificar los sectores económicos en los cuales concentran sus actividades u otro tipo de concentraciones que generan riesgos materiales, los riesgos inherentes a cada uno de ellos, y las correlaciones que puedan existir.
Igualmente, se deben realizar cálculos que les permitan evaluar los posibles impactos de los escenarios proyectados sobre la fuente del riesgo de concentración, y sus consecuencias para el plan de negocio y la situación financiera.
Para la definición de los sectores económicos la entidad debe considerar, al menos, los siguientes sectores: (i) agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, (ii) minero y energético, (iii) industrias manufactureras, (iv) suministro y distribución de servicios públicos, (v) construcción, (vi) comercio, (vii) transporte y almacenamiento, (viii) alojamiento y servicios de comida, (ix) información y comunicaciones, (x) actividades financieras y de seguros, (xi) actividades inmobiliarias y (xii) los demás que la entidad considere y se ajusten a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
Riesgo de mercado:
Para evaluar las necesidades de capital por riesgo de mercado, las entidades pueden utilizar la metodología prevista en el SIAR y en el Capítulo XIII-16 de la CBCF, o implementar modelos internos para determinar el capital necesario para cubrir la pérdida inesperada dado un nivel de confianza establecido por la entidad. Sin perjuicio de lo anterior, se deben identificar los aspectos del riesgo de mercado que no se recojan en las metodologías señaladas en los mencionados capítulos con el fin de realizar ajustes para establecer los cargos de capital adicionales que se requieran para reflejar adecuadamente todos los aspectos de este riesgo.
Riesgo operacional y ciberseguridad:
Para evaluar las necesidades de capital por riesgo operacional, las entidades deben utilizar la metodología prevista en el SIAR y en el Capítulo XIII-16 de la CBCF o implementar modelos internos para determinar el capital necesario para cubrir la pérdida inesperada dado un nivel de confianza establecido por la entidad. Sin perjuicio de lo anterior, se deben identificar los aspectos del riesgo operacional que no se recojan en las metodologías señaladas en los mencionados capítulos, con el fin de realizar ajustes para establecer los cargos de capital adicionales que se requieran para reflejar adecuadamente todos los aspectos de este riesgo.
Riesgo de tasa de interés del libro bancario:
Para evaluar las necesidades de capital por riesgo de tasa de interés del libro bancario (RTILB), la entidad debe utilizar las métricas definidas en el SIAR, incluyendo la prueba de valores atípicos del VEP, o implementar modelos internos para determinar el capital necesario para cubrir la pérdida inesperada dado un nivel de confianza establecido por la entidad.
En todo caso, la entidad debe incluir todas las posiciones materiales de riesgo de tasa de interés y considerar la información sobre re-precio y madurez. La entidad debe estar en la capacidad de justificar sus supuestos acerca de las características y el comportamiento de sus depósitos a la vista y otros activos y pasivos, especialmente aquellos expuestos a opcionalidad en su redención.
Riesgo de contraparte
Las entidades deben implementar metodologías internas para medir el riesgo de contraparte de acuerdo con las instrucciones impartidas por la SFC, así como los cargos de capital adicional que se requieran para reflejar adecuadamente todos los aspectos de este riesgo.
Otros riesgos:
En la medida en que la entidad esté expuesta a otros riesgos materiales diferentes a los relacionados anteriormente, se debe hacer su identificación y medición, así como la cuantificación del capital necesario para cubrirlos. Estos riesgos podrán incluir el riesgo país, los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos, entre otros.
En el IACL se debe relacionar cada uno de los riesgos aquí señalados con su respectivo valor de exposición y asignación de capital.
Agregación de las necesidades de capital
A partir de la estimación de las necesidades individuales de capital para los distintos riesgos, la entidad debe establecer los requerimientos agregados de capital que se requieren para cubrir todos los riesgos materiales a los cuales está expuesta. Para estos efectos, la entidad debe utilizar la agregación simplificada o la agregación general, según se explica a continuación.
Agregación simplificada:
El capital agregado se calcula como la suma de capital requerido para cubrir cada uno de sus riesgos de forma independiente.
Agregación general:
La entidad puede implementar metodologías internas para medir los requerimientos agregados de capital, utilizando modelos cuantitativos para la gestión conjunta de todos los riesgos a partir de las correlaciones evidenciadas, en caso de que existan.
Cuando se utilice la opción de agregación general, la entidad también debe calcular sus necesidades de capital bajo la agregación simplificada, y debe justificar cualquier diferencia que pueda encontrarse en los resultados de ambos cálculos.
La entidad debe considerar que las correlaciones entre riesgos pueden variar en el tiempo, de forma que debe ponderar prudentemente los beneficios de estas correlaciones, teniendo en cuenta su durabilidad en el tiempo y en condiciones de estrés. A partir del resultado de agregación simplificada o general, y de ser el caso, la entidad debe determinar el monto agregado de capital adicional a los mínimos regulatorios, de forma que permita: (i) hacer frente a los diferentes riesgos y eventos adversos, y (ii) realizar una gestión eficiente de capital.
Planificación de capital
Con base en los resultados del EPR y de la medición de los requerimientos de capital por riesgos, la entidad debe: (i) estimar sus necesidades futuras de capital derivadas del cumplimiento de los requerimientos de capital regulatorio (solvencia básica, básica adicional y total, incluyendo el colchón combinado, y la relación de apalancamiento), así como las necesidades asociadas a los riesgos materiales que deben considerarse en desarrollo del PAC; y (ii) determinar un objetivo interno de capital que permita cubrir los riesgos a los que está expuesta la entidad y promover un uso óptimo de los recursos, así como el plazo para cumplir con este objetivo interno de capital. Para estos efectos, cada año se deben estimar las fuentes y usos de capital para un período de tiempo no inferior a 3 años, sin perjuicio de las actualizaciones al PAC que realicen las entidades según sus políticas internas.
Este proceso de planificación de capital debe tener en cuenta el plan de negocio y la estrategia de la entidad. Por lo tanto, se deben proyectar, entre otros elementos, las utilidades a capitalizar o retener, los dividendos, las emisiones de acciones y de deuda subordinada, las amortizaciones correspondientes, los cambios de capital por las variaciones esperadas en las actividades desarrollas por la entidad, así como posibles cambios en el perfil de riesgos de la entidad, y operaciones que resulten del cambio en el plan de negocio, entre otros. En tal sentido, la entidad debe establecer si cumplirá con su objetivo de planificación a partir de capital adicional o mediante la reducción a la exposición por los diferentes riesgos. En todo caso, la entidad debe propender por contar con diferentes fuentes de capital de calidad, y con recursos suficientes para afrontar posibles coyunturas de forma oportuna.
En línea con lo anterior, esta sección del IACL debe incorporar: (i) el período que abarca la planificación; (ii) un análisis de las desviaciones respecto a la planificación de capital del ejercicio del año inmediatamente anterior; (iii) descripción detallada de la metodología de planificación utilizada y sus resultados; (iv) descripción de los principales supuestos utilizados; y (v) posibles vulnerabilidades para la ejecución del PAC.
Autoevaluación de liquidez
Este apartado debe describir el marco de gestión de la liquidez, incluido el plan de fondeo y las métricas de liquidez. Así mismo, se debe indicar el objetivo interno de liquidez, el mecanismo de asignación de costos de liquidez y su efecto en la rentabilidad, así como la gestión del riesgo de liquidez intradía.
Adicionalmente, la entidad debe:
Construir un plan de fondeo en el cual detalle las diversas fuentes de financiación estructural y transitoria, incluyendo operaciones del mercado monetario, la estructura de vencimientos y productos que opera la entidad, entre otros. Para esto se debe tener en cuenta la factibilidad de obtener dicho fondeo en escenarios de estrés, el tiempo que toma acceder a las fuentes, y el costo que puede implicar la consecución de liquidez en escenarios de estrés.
Indicar las políticas que aseguren el funcionamiento de su plan de fondeo y su presencia en los distintos mercados de liquidez, y el riesgo derivado de posibles concentraciones en sus fuentes de fondeo.
Señalar las políticas relacionadas con el financiamiento en moneda extranjera, incluyendo las hipótesis más relevantes sobre disponibilidad y convertibilidad de dichas monedas. El PAL debe asegurar un proceso para identificar y monitorear las monedas que se consideran materiales para el riesgo de liquidez y fondeo a efectos de su inclusión en la gestión del riesgo.
Señalar la política de gestión del riesgo de concentración de liquidez en determinados activos, incluyendo las metodologías de medición y seguimiento de cualquier pérdida potencial de liquidez disponible debido a esta concentración.
Describir los criterios utilizados para determinar los niveles de liquidez internos, así como la metodología para definir los niveles adicionales de liquidez requeridos para cubrir los riesgos identificados.
Cuantificar el volumen mínimo de activos líquidos que se considera conveniente mantener en un horizonte temporal de un año, así como el volumen necesario para cubrir la necesidad intradía, teniendo en cuenta no solo las condiciones normales del negocio, sino también posibles escenarios adversos y los costos que puede implicar la consecución de liquidez en escenarios de estrés.
Señalar los supuestos relacionados con el valor de liquidación de los activos líquidos de alta calidad y el plazo de venta o de cesión temporal, los cuales deben tener en cuenta las limitaciones jurídicas, operativas o prudenciales frente al uso de dichos activos líquidos.
Describir los criterios y herramientas utilizadas para medir y hacer seguimiento a los riesgos de liquidez intradía, así como las políticas para gestionar estos riesgos.
Describir el plan de contingencia de liquidez definido por la entidad de acuerdo con las instrucciones del SIAR, incluyendo el sistema de alertas tempranas utilizado para activar dicho plan, el tiempo que podría tomar acceder a fondos adicionales y la viabilidad de obtención en diferentes escenarios. El plan de contingencia de liquidez debe reconocer los riesgos materiales identificados en el PAL y tener relación con el esquema de recuperación.
Programa de actuación futura
A partir de las evaluaciones del PAC y el PAL, y teniendo en cuenta los hallazgos identificados por la auditoría interna, la entidad debe elaborar un plan de actuación para corregir las deficiencias y debilidades de sus procesos de autoevaluación. Este programa debe incluir los cambios futuros previstos, los plazos para su incorporación y los responsables de ejecutarlos.
Elementos adicionales
En esta sección se deben incluir otras cuestiones relevantes que la entidad considere necesario o conveniente incluir en el IACL y que no hayan sido contempladas en alguno de los apartados anteriores.