Micelio

Artículo 12

Documentación

Circular 100 de 1995

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La entidad debe contar con la siguiente documentación como mínimo:

El acta por medio de la cual la JD aprueba lo señalado en los literales a, b, c, d y f del subnumeral 3.1. del presente Capítulo.

La bitácora en la cual conste las actualizaciones y modificaciones del SARE.

El manual del SARE, el cual debe incluir: las etapas, las políticas, las estrategias, los procedimientos, las metodologías y las responsabilidades y funciones del gobierno de riesgos, en relación con la gestión de los riesgos. Los ajustes a este manual deben estar documentados.

Los modelos de riesgos.

El plan de continuidad del negocio y el plan de contingencia.

Los reportes elaborados por los diferentes órganos y funcionarios del gobierno de riesgos en relación con la gestión de riesgos y demás documentos que soporten el monitoreo de dicha gestión.

El código de ética o conducta.

La estructura organizacional del gobierno de riesgos.

El registro de eventos de riesgo operacional.

El registro de los indicadores para el monitoreo del riesgo operacional, así como las acciones correctivas y de mejora.

El SARE debe estar debidamente documentado para teniendo un respaldo en medios verificables y contando con un plan de conservación, custodia y seguridad de la información, de forma tal que solo se permita su consulta por los funcionarios autorizados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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