Se deberá considerar la equivalencia en su fuerza de trabajo, de servicios o activos de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca, en aquellos fondos, planes, programas o proyectos dirigidos a esta población, priorizando a mujeres de bajos recursos económicos, en los cuales se exijan contrapartidas a las organizaciones de mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Ley 731 de 2002 →Modificado
Artículo 5A
Contrapartidas A Las Organizaciones De Mujeres Rurales, Campesinas Y De La Pesca
Ley 731 de 2002 · por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.