Micelio

Artículo 5

Decreto 2061 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Participación de organizaciones intergubernamentales. Toda referencia que se haga en el presente Convenio a un "gobierno" o "gobiernos" será interpretada en el sentido de que incluye a la Comunidad Económica Europea y a cualquier otra organización intergubernamental que sea competente en lo que respecta a la negociación, celebración y aplicación de convenios internacionales, en particular de convenios sobre productos básicos. En consecuencia, toda referencia que se haga en este Convenio a la firma, ratificación, aceptación o aprobación, o a la notificación de aplicación provisional, o a la adhesión, será interpretada, en el caso de esas organizaciones intergubernamentales, en el sentido de que incluye tina referencia a la firma, ratificación, aceptación o aprobación, o a la notificación de aplicación provisional, o a la adhesión, por esas organizaciones intergubernamentales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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