Reintegro de Haberes por Injustificada Desaparición. Si el Patrullero de Policía apareciere en cualquier tiempo y no justificare su desaparición, tanto él como quienes recibieron los haberes o las prestaciones por muerte si fuera el caso, tendrán la obligación solidaria de reintegrar las sumas correspondientes, sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. TÍTULO IV RÉGIMEN DE PENSIONES PARA ESTUDIANTES CAPÍTULO ÚNICO RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ PARA ESTUDIANTES A PATRULLERO DE POLICÍA
Decreto 668 de 2022 →Vigente
Artículo 85
Reintegro De Haberes Por Injustificada Desaparición
Decreto 668 de 2022 · Por el cual se fijan los regímenes especiales en materia salarial, prestacional, pensional y de asignación de retiro para el personal de Patrulleros de Policía de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.