Los Jurados de votación deben ser ciudadanos en ejercicio, y tendrán las siguientes obligaciones: 1ª Recibir los votos de los ciudadanos que tienen derecho a votar en la respectiva mesa. 2ª Llevar el registro de votantes 3ª Hacer el recuento de los votos emitidos en la mesa, y levantar y firmar el acta de escrutinio.
Decreto 3254 de 1963 →Vigente
Artículo 20
Los Jurados De Votación Deben Ser Ciudadanos En Ejercicio, Y Tendrán Las Siguientes Obligaciones: 1ª Recibir Los Votos De Los Ciudadanos Que Tienen Derecho A Votar En La Respectiva Mesa
Decreto 3254 de 1963 · Por el cual se hacen algunas aclaraciones en materia electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.