Créase el Comité Administrador del Fondo Financiero Agropecuario, el cual estará integrado por las siguientes personas:
El Ministro de Agricultura o su delegado, quien lo presidirá;
El Gerente General del Banco de la República o su delegado;
El Gerente General del Instituto de Mercadeo Agropecuario Idema o su delegado;
Un representante de los bancos vinculados al Ministerio de Agricultura, que será escogido por el Gobierno Nacional;
El Jefe de la Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario del Ministerio de Agricultura o quien haga sus veces.
El Gobierno determinará la organización y el funcionamiento del Comité.
La Dirección del Fondo actuará como Secretaría Técnica del Comité y en las reuniones de éste el Director del Fondo tendrá derecho a voz pero no a voto.