Micelio

Artículo 6

Los Porcentajes De Personal Colombiano A Que Se Refieren El Literal B) Del Artículo 1° Y El Literal E) Del Artículo 2° Del Presente Decreto, Serán Establecidos Con Base; En Los Siguientes Puntajes De La Ficha Técnica Y Artística: Cargo Porcentaje 1

Decreto 320 de 1983 · Por el cual se reglamenta el litera ñ) del artículo 8º del Decreto-ley 129 de 1976 y se deroga el artículo 1º del Decreto 2288 de 1977

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los porcentajes de personal colombiano a que se refieren el literal b) del artículo 1° y el literal e) del artículo 2° del presente Decreto, serán establecidos con base; en los siguientes puntajes de la ficha técnica y artística: Cargo Porcentaje

1.

Director 15%

2.

Primer Asistente de Dirección 2%

3.

Guionista 4%

4.

Script 3%

5.

Director Fotografía. 5%

6.

Camarógrafo 3%

7.

Primer Asistente Cámara 2%

8.

Jefe Iluminación 3%

9.

Ingeniero Sonido 5%

10.

Microfonista 1%

11.

Director de Producción 4%

12.

Primer Asistente Producción 1%

13.

Jefe Tramoya 2%

14.

Escenógrafo 2%

15.

Utilero 1%

16.

Vestuario 2%

17.

Maquillador 1%

18.

Fotofija 1%

19.

Montaje 3%

20.

Efectos Especiales 1%

21.

Compositor-Director Musical 3%

22.

Actores Principales (3) (5%) cada uno 15%

23.

Actores Secundarios (4) (3% cada uno) 12%

24.

Laboratorio Imagen 5%

25.

Laboratorios Sonido 4%

Parágrafo

Los cargos a que se refiere el presente artículo, así como las personas que los desempeñaran, deberán aparecer en pantalla en los créditos de la película. Artículo 7 Cuando las empresas hayan solicitado financiación del Fondo de Fomento. Cinematográfico para la realización de coproducciones, el Ministerio de Comunicaciones solicitará una certificación acerca de la cuantía, expedida por Focine.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 320 de 1983