Prelación de categorías para el ejercicio docente. El personal escalafonado como profesor tendrá prelación para el desempeño de cargos de oficiales y suboficiales de planta en las escuelas de formación de policía. En la misma forma, el personal escalafonado en una categoría superior, tendrá prelación sobre el de una categoría inferior para el desempeño de dichos cargos. Por lo tanto, en el traslado o destinación de oficiales y suboficiales, se deberá tener en cuenta, la calidad de profesores policiales y su respectiva especialidad.
Decreto 8 de 1980 →Vigente
Artículo 27
Prelación De Categorías Para El Ejercicio Docente
Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.