El militar que con ocasión del servicio o de funciones inherentes a su cargo o aprovechándose de su calidad de militar y con el propósito de causar una lesión personal ocasione la muerte de otro, incurre en la sanción establecida en el artículo primero de este Capítulo, disminuida de una tercera parte a la mitad.
Ley 3 de 1945 →Vigente
Artículo 200
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.