Micelio

Artículo 1

Decreto 2892 de 1964 · Por el cual se adiciona el Decreto número 1297 de 1964

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Confírmase a la Escuela Naval de Colombia, con sede en Cartagena, la facultad de otorgar el grado de ingeniero naval, exclusivamente para personal militar, en los términos y para los efectos contemplados en el Acuerdo número 5 de 17 de mayo de 1963, emanado del Comité Administrativo del Fondo Universitario Nacional y la Resolución número 1506 de 30 de mayo de 1963, originaria del Ministerio de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2892 de 1964