Micelio

Artículo 2

De Los Fondos Apropiados En El Artículo 1308, Capítulo 82 Del Presupuesto Nacional Vigente, Sobrantes Por Concepto De Becas Y Pensiones Alimenticias No Disfrutadas Ni Pagadas En Los Meses Transcurridos Del Presente Año, Destínase La Suma De $ 830

Decreto 3343 de 1949 · Por el cual se destinan unas partidas y se modifica el Decreto número 457 de 1949

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De los fondos apropiados en el artículo 1308, Capítulo 82 del Presupuesto Nacional vigente, sobrantes por concepto de becas y pensiones alimenticias no disfrutadas ni pagadas en los meses transcurridos del presente año, destínase la suma de $ 830.90 para atender al pago de la siguiente cuenta pendiente del Colegio Académico, de Cartago: A la Panadería Bogotá, del señor Primitivo Aguilera, por suministro de pan $ 830.90

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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