Micelio

Artículo 16

Ley 37 de 1990 · por medio de la cual se modifica la Ley 41 de 1969.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Consejos Profesionales Seccionales de Economía, elegirán de su seno un Presidente para períodos de dos (2) años y tendrán un secretario nombrado por el Consejo Nacional Profesional de Economía.

Parágrafo

Los miembros del Consejo Nacional Profesional de Economía y de los Consejos Seccionales que no lo sean por derecho propio, serán elegidos para períodos de dos (2) años, sin derecho a reelección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1990