El presente Decreto regirá a partir del primero (1°) de octubre del presente año, y los gastos que se causen en su ejecución, serán imputados al Capítulo 265, articulo 2676 del Presupuesto de Gastos de la presente vigencia.
Decreto 1933 de 1958 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1933 de 1958 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Ministerio del Trabajo. División Técnica de la Seguridad Social Campesina
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.