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Artículo 11

Características De Los Créditos Educativos De Fomento

Decreto 2792 de 2009 · por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 1002 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características de los créditos educativos de fomento. En atención a que el crédito educativo de fomento es un crédito de proyecto que da acceso a los estudiantes a una formación académica que les haga posible adquirir la capacidad de generación de ingresos para atender el pago de sus obligaciones con el Icetex, dicho crédito tendrá, entre otras, las siguientes características

a)

Sistemas de amortización, de subsidios, causales de condonación y períodos de gracia.

b)

Mecanismos de capitalización de intereses u otros sistemas especiales para la cancelación de intereses causados.

c)

Mecanismos y causales de refinanciación.

d)

Sistemas de Garantías adecuadas a los créditos educativos de fomento.

e)

Posibilidad de prórrogas y de suspensión de desembolsos en casos de aplazamiento o suspensión de estudios.

f)

Cuotas orientadas a promover la cultura de pago, exigibles en época de estudios al momento de renovar los créditos.

Parágrafo

En las líneas de crédito especiales aprobadas por ley o Decreto del Gobierno Nacional y en la administración de los Fondos destinados a la financiación educativa, el Icetex se ajustará, en cada caso, a las políticas, finalidades y especificaciones normativas propias de cada programa del Gobierno Nacional o a las disposiciones del mandante, de la Junta Administradora, cuando la haya, y al reglamento operativo del Fondo. Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos fijados para la amortización del crédito y, cuando corresponda, para su condonación, de acuerdo con lo establecido en la respectiva línea de crédito o mandato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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