Art 15. Créase un Juzgado más en el Circuito judicial de Oriente, Departamento de Cundinamarca, que se denominará Juzgado 2º y que conocerá de los asuntos criminales. El actual Juez único del Circuito se denominará Juez 1º y continuará conociendo de los asuntos civiles.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.