Registros e identificación de suscriptores. Los operadores de servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado, deberán elaborar y mantener un registro de suscriptores y de personas autorizadas, el cual deberá contener entre otros
Nombre del suscriptor.
Documento de identidad.
Dirección y domicilio.
Identificación del equipo terminal de abonado (marca, modelo).
Distintivo de llamada asignado a la estación. Con base en la anterior, información, el operador deberá entregar a los usuarios o suscriptores del servicio, un carné de identificación que contenga además de la anterior información, el nombre o razón social y código de identificación del operador ante el Ministerio de Comunicaciones.