Micelio

Artículo 16

Subdirección Escuela Penitenciaría Nacional "enrique Low Murtra"

Decreto 270 de 2010 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Escuela Penitenciaría Nacional "Enrique Low Murtra". Son funciones de la Subdirección Escuela Penitenciaria Nacional "Enrique Low Murtra"

1.

Proponer y ejecutar las políticas institucionales en materia de inducción, formación, capacitación, actualización y especialización del Talento Humano del Instituto.

2.

Establecer y tramitar los diferentes convenios interinstitucionales, conducentes al desarrollo de programas académicos y de investigación en áreas específicas.

3.

Establecer convenios nacionales e internacionales de cooperación, dirigidos a la capacitación y actualización del talento humano, en temas específicos del sistema penitenciario y carcelario.

4.

Adelantar y coordinar estudios penitenciarios, relacionados con la administración académica y la misión de la Escuela.

5.

Preparar la relación de necesidades presupuestales de la dependencia y ejecutar el presupuesto que le sea aprobado.

6.

Organizar y ejecutar los programas de educación permanente y de información, que conduzcan a la capacitación y actualización en el ramo penitenciario y carcelario, para el personal de la Institución.

7.

Diseñar, desarrollar, ejecutar y controlar los programas académicos para la formación, capacitación, entrenamiento y reentrenamiento del Talento Humano de la institución y partes interesadas.

8.

Expedir las certificaciones académicas derivadas de la ejecución de sus programas.

9.

Formular, ejecutar, verificar y realizar acciones de mejora a los planes de la dependencia.

10.

Aplicar y sugerir mejoras de los procedimientos establecidos y relacionados con los procesos en los que participe la dependencia.

11.

Proveer con oportunidad la información necesaria para atender los Derechos de petición en todas sus modalidades, así como los requerimientos en los asuntos de su competencia, dentro de los términos legales.

12.

Las demás funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 270 de 2010