Micelio

Artículo 71

Dependientes De Las Administraciones De Impuestos Nacionales, Funcionarán Recaudaciones De Impuestos Nacionales En Los Municipios Que Señale El Director General

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dependientes de las Administraciones de Impuestos Nacionales, funcionarán Recaudaciones de Impuestos Nacionales en los municipios que señale el Director General. Las Recaudaciones de Impuestos Nacionales son unidades orgánicas y estructurales de la Administración de Impuestos Nacionales a que pertenezcan.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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