Objeto . El objeto de este decreto es compilar la normatividad vigente en materia pensional, expedida por el Gobierno nacional mediante las facultades reglamentarias conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política al Presidente de la República para la cumplida ejecución de las leyes. Asimismo, se compilan normas expedidas con fundamento en el numeral 17 ibídem, que asignaron funciones pensionales a ciertas entidades. PARTE 2 REGLAMENTACIONES TÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO 1 GENERALIDADES DE LOS SISTEMAS PENSIONALES
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.1.1.1
Objeto
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.