Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley número 103 de 1988 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1989, salvo lo dispuesto en el artículo 12 del presente Decreto.
Artículo 15
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley Número 103 De 1988 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1989, Salvo Lo Dispuesto En El Artículo 12 Del Presente Decreto
Decreto 28 de 1989 · Por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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