Micelio

Artículo 241

Del Nuevo Código Penal Quedará Así: Artículo 241

Decreto 172 de 1980 · Por los cuales se aclara el Decreto número 100 del 23 de enero de 1980

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El artículo 241 del nuevo Código Penal quedará así: Artículo 241. Aplicación fraudulenta de crédito oficialmente regulado. El que con destino a actividad industrial o agropecuaria obtenga crédito oficialmente regulado y no le dé finalmente la aplicación a que está destinado, incurrirá en arresto de seis (6) meses a tres (3) años y multa de cinco mil a un millón de pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 172 de 1980