Micelio

Artículo 5

Ley 1963 de 2019 · Por medio de la cual la Nación rinde homenaje y exalta la vida pública del ilustre ciudadano Fernando Tamayo Tamayo, excongresista de Colombia y se honra su memoria como figura ejemplar de nuestros tiempos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El recinto de sesiones de la Comisión Tercera Constitucional Permanente del honorable Senado de la República llevará el nombre de Fernando Eustacio Tamayo Tamayo, en homenaje póstumo a sus grandes aportes a la Patria desde esta célula legislativa, a la cual perteneció y presidió durante varios períodos, lo mismo que en la Cámara de Representantes, por la circunscripción electoral de Bogotá, D. C., y con tal motivo se colocará un óleo con su rostro y una placa alusiva a su nombre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1963 de 2019