La asistencia técnica y el control de inversiones podrán ser prestados por las entidades mencionadas en el artículo 23 de este Decreto, y por las organizaciones gremiales que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 100 siempre y cuando hayan sido previamente autorizadas para ello por el Ministerio de Agricultura y mientras se sometan a las condiciones que éste les exija.
Decreto 1562 de 1973 →Vigente
Artículo 96
La Asistencia Técnica Y El Control De Inversiones Podrán Ser Prestados Por Las Entidades Mencionadas En El Artículo 23 De Este Decreto, Y Por Las Organizaciones Gremiales Que Reúnan Los Requisitos Exigidos En El Artículo 100 Siempre Y Cuando Hayan Sido Previamente Autorizadas Para Ello Por El Ministerio De Agricultura Y Mientras Se Sometan A Las Condiciones Que Éste Les Exija
Decreto 1562 de 1973 · Reglamentario de la Ley 5ª de 1973 y del artículo 43 de la ley 26 de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.