Vigilancia de la votación. La elección será vigilada por tres (3) jurados y tres (3) suplentes por cada mesa de votación, designados por el Jefe del Área de Recursos Humanos o quien haga sus veces, a más tardar dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha de divulgación de las listas de candidatos inscritos. Los jurados actuarán como Presidente, Vicepresidente y Vocal, según se determine en la designación. La designación de los jurados se comunicará a través de medio electrónico o por escrito con la siguiente información
Nombre y apellidos completos e identificación de los miembros del jurado, con indicación del cargo asignado a cada uno y del número y ubicación de la mesa de votación en la que ejercerán sus funciones.
Funciones.
Citación para instrucción sobre sus funciones. (Decreto 4446 de 2006, artículo 9°)