Micelio

Artículo 13

División De Crédito

Decreto 2881 de 1994 · por el cual se aprueba Acuerdo 005 de diciembre 13 de 1994, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Crédito. Son funciones de la División de Crédito las siguientes

1.

Diseñar y ejecutar modelos y formas para la divulgación de las diferentes líneas de crédito, planes y programas de acuerdo a políticas institucionales.

2.

Diseñar y ejecutar registros adecuados que permitan el control de los documentos e información que maneje la oficina en concordancia con su función.

3.

Recepcionar las solicitudes de crédito, clasificarlas y registrarlas, asignándoles un número en forma ascendente y continua.

4.

Estudiar la recepción de la solicitud, el lleno de los requisitos mínimos para su aplicación, informando oportunamente al solicitante sobre su aceptación, rechazo o requerimientos adicionales fijando términos.

5.

Evaluar las solicitudes de crédito y presentar al Director General del Fondo, estudios individuales sobre su conveniencia, siguiendo las pautas legales y reglamentarias estatuidas, según la modalidad del crédito.

6.

Asistir al Director en la conformación de los paquetes necesarios para presentar a la Junta Directiva, con el fin de toma de decisiones en la aprobación de créditos.

7.

Informar al solicitante oportunamente sobre la aceptación o rechazo de la solicitud, de acuerdo a la decisión de la Junta Directiva o de la dependencia correspondiente.

8.

Recibir, analizar, aceptar o rechazar y/o constituir los documentos, títulos valores y garantías que de acuerdo a la reglamentación deban soportar el crédito.

9.

Llevar el archivo de los documentos que respaldan los diferentes créditos, actualizándolos, haciendo las verificaciones y ajustes necesarios.

10.

Efectuar la liquidación de los préstamos aprobados incluyendo los diferentes conceptos tales como capital, intereses y seguros.

11.

Estudiar las solicitudes de créditos.

12.

Tramitar escrituras públicas a través de las cuales se constituyen hipotecas a favor del Fondo como garantías de créditos por él otorgados.

13.

Practicar diagnósticos de necesidades de vivienda de los funcionarios de la Contraloría General de la República y presentar a la Dirección del Fondo los estudios de requerimientos.

14.

Orientar a los funcionarios de la Contraloría General de la República, en el diligenciamiento y trámite de los servicios que presta el Fondo, a través de las diversas líneas de crédito.

15.

Llevar las estadísticas de las necesidades de vivienda de los empleados de la Contraloría General de la República, que sirvan de base para la toma de decisiones.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas por el Director General y que correspondan a la naturaleza de la División.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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