Articulo 34 . Simultáneamente con la convocatoria de elección se publicara el censo preliminar elaborado por la Corporación, fijándolo en lugar público de dicha institución, lo cual se anunciara en el mismo aviso de convocatoria. La fijación de este censo tiene como fin primordial darle oportunidad a los propietarios a que participen en el perfeccionamiento del mismo informando los posibles errores que se encuentren.
Decreto 2709 de 1983 →Vigente
Artículo 34
Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.