Créese la Política contra la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos, la cual estará a cargo de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cisan), y cuyo objetivo principal será la configuración de medidas comprensivas e integrales que permitan evitar los fenómenos de pérdida cuantitativa y cualitativa de alimentos destinados al consumo humano, así como el desperdicio de estos a lo largo de la cadena de suministro en el territorio nacional.
La Política contra el Desperdicio de Alimentos se orientará a promover condiciones que permitan evitar las pérdidas y el desperdicio de alimentos destinados al consumo humano y animal, estos últimos en su calidad de seres sintientes.
El Gobierno nacional, a través de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cisan), contará con seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para el diseño, formulación e implementación de la Política contra el Desperdicio de Alimentos formulando incentivos a los destinatarios de las medidas.