El Depósito Inmigratorio Será Devuelto Al Interesado O A Su Representante Legal En Los Siguientes Casos: A) Al Salir Del País Definitivamente, Dentro Del Término De Validez De La Visa Ordinaria; B) En Caso De Muerte, A Los Herederos Legalmente Reconocidos; Y C) Al Obtener Visa De Residente En Colombia
Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El depósito inmigratorio será devuelto al interesado o a su representante legal en los siguientes casos
a)
Al salir del país definitivamente, dentro del término de validez de la visa ordinaria;
b)
En caso de muerte, a los herederos legalmente reconocidos; y
c)
Al obtener visa de residente en Colombia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.