Micelio

Artículo 27

Gobernanza Y Seguimiento

Decreto 545 de 2026 · Por medio del cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la sabana de bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gobernanza y seguimiento. El ministerio de ambiente y desarrollo sostenible ejercerá el liderazgo en la coordinación permanente con las entidades del sistema nacional ambiental (sina), con el fin de garantizar una gestión eficaz, articulada y continua de las directrices de ordenamiento ambiental de la sabana de bogotá. En este marco, establecerá en un plazo de 12 meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, indicadores claros de seguimiento que permitan una medición objetiva de resultados, la elaboración de informes anuales que serán de acceso público y divulgados en los portales del ministerio de ambiente y desarrollo sostenible, y la adopción de acciones correctivas cuando sea necesario. Asimismo, mantendrá la articulación con el consejo estratégico de la cuenca hidrográfica del río bogotá (cech) y con la gerencia estratégica de la cuenca hidrográfica del río bogotá, una vez esta última entre en operación; así como con los consejos territoriales del agua (cta) y los consejos de cuenca del río bogotá (alta, media y baja).

Los cta se fortalecerán por las entidades del sina, coordinarán con otros cta de otras regiones y podrán emitir conceptos para el ordenamiento ambiental, aportando al cumplimiento de estas directrices y la implementación del programa sabana de bogotá en el marco del fondo para la vida y la biodiversidad. En el caso de los conceptos de los que trata el artículo 25, los cta contarán con un plazo de un (1) mes calendario a partir de su solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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