Micelio

Artículo 11

Funciones De La Mesa Nacional De Evaluación De Las Garantías Para Las Manifestaciones Públicas

Decreto 3 de 2021 · por el cual se expide el protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías para las Manifestaciones Públicas. La Mesa Nacional de Evaluación tendrá las siguientes funciones

1.

Proponer mecanismos de diálogo y mediación entre las autoridades de policía y la ciudadanía en el marco del ejercicio de la manifestación.

2.

Documentar las prácticas y lecciones aprendidas realizadas por las autoridades de policía, los manifestantes y la ciudadanía en manifestaciones públicas.

3.

Realizar seguimiento a la implementación del presente Protocolo.

4.

Promover y difundir el contenido del presente Protocolo.

5.

Solicitar a las autoridades de gobierno y de policía, a las organizaciones que convocan y acompañan las manifestaciones públicas, exponer la información sobre su actuación en la garantía del derecho a las manifestaciones públicas; así como a las autoridades judiciales y disciplinarias información sobre el avance de las investigaciones por las presuntas violaciones de derechos humanos en las protestas.

6.

Las demás funciones que considere pertinente la Mesa para el cumplimiento de su tarea.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3 de 2021