El Artículo 6º de la Ley 12 de 1986 , quedará así:
"Los ingresos adicionales provenientes del incremento de la cesión del impuesto a las ventas de que trata la presente Ley se destinarán a gastos de inversión".
Ley 75 de 1986 · Por la cual se expiden normas en materia tributaria, de catastro, de fortalecimiento y democratización del mercado de capitales, se conceden unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Artículo 6º de la Ley 12 de 1986 , quedará así:
"Los ingresos adicionales provenientes del incremento de la cesión del impuesto a las ventas de que trata la presente Ley se destinarán a gastos de inversión".
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.