Micelio

Artículo 3

Ley 196 de 1959 · Por la cual se hacen unas cesiones al Municipio de Marmato, en el Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del año de 1960 en adelante el auxilio nacional, ordenado por la Ley 40 de 1938 , para los gastos de administración del municipio de Marmato, del departamento de Caldas, será de quince mil pesos ($ 15.000.00), suma que necesariamente será incluída en los Presupuestos Nacionales de cada vigencia fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 196 de 1959