Micelio

Artículo 8

Oficina Internacional

Decreto 91 de 2010 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Internacional. Son funciones de la Oficina Internacional las siguientes

1.

Apoyar y asesorar al Ministro en el desarrollo de las políticas, lineamientos y acciones en el marco de las relaciones con organismos internacionales del sector y otras instancias en el marco de la cooperación internacional o relaciones bilaterales.

2.

Actuar como órgano de enlace y referencia del sector ante los organismos e instancias internacionales y apoyar el mantenimiento de las relaciones del Ministerio con ellos.

3.

Elaborar conceptos sobre acciones, acuerdos, proyectos, convenios y cualquier otro instrumento en el marco de las relaciones y negociaciones internacionales que garantice que las políticas nacionales sobre tecnologías de la información y las comunicaciones queden plasmadas en los procesos de negociación y firma de los respectivos instrumentos.

4.

Apoyar y participar en los procesos de negociación de instrumentos de regulación y cooperación internacional del sector y el Ministerio, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

5.

Identificar y aportar insumos de las tendencias y discusiones que se dan en los diferentes organismos de cooperación, comercio y regulación en el marco internacional sobre temas y elementos que afectan el sector de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones.

6.

Gestionar la cooperación internacional en apoyo al desarrollo del sector de las TIC en Colombia.

7.

Coordinar con las áreas misionales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la consecución de recursos de cooperación internacional que puedan ser aplicados a los planes, programas y proyectos de acceso, promoción y desarrollo social de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

8.

Diseñar y definir metodologías para el análisis y seguimientos de los temas y asuntos de relaciones internacionales del sector.

9.

Realizar el seguimiento y evaluación de los instrumentos concertados y preparar conceptos para el despacho del Ministro y otras instancias sobre condiciones y resultados de los mismos.

10.

Promover el intercambio de expertos y experiencias en temas de política, regulación y otros aspectos relevantes para el desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como de oportunidades de capacitación y desarrollo de recursos humanos especializados.

11.

Difundir los aspectos más relevantes de las discusiones mundiales sobre temas de actualidad en materia de política, regulación y vigilancia en el sector de tecnologías de la información y las comunicaciones.

12.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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