Micelio

Artículo 96

Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 96. Si la resolución que recayere no se apelare en el acto de la notificación, ó dentro de veinticuatro horas, se llevará á efecto; pero si se apelare, concedido el recurso se remitirá la actuación á la Prefectura con citación personal de las partes, si concurrieren dentro de las veinticuatro horas, ó por edicto, caso de no concurrir en el término fijado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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