Micelio

Artículo 2

Decreto 1357 de 1953 · Por el cual el Gobierno Nacional deplora ciertos sucesos ocurridos en el Brasil, y decreta un auxilio extraordinario para los damnificados por tales sucesos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Auxiliase en forma extraordinaria a la Liga Brasilera de Asistencia Social, de los Estados Unidos del Brasil con la cantidad de veinticinco mil pesos ($ 25.000) moneda corriente, los cuales, convertidos en dólares, al cambio oficial, serán entregados por el señor Cónsul General de Colombia en Manaos a dicha Institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1357 de 1953