Micelio

Artículo 57

Los Pagos Por Menores Tarifas Del Sector Eléctrico Y De Gas Que Se Causen Durante La Vigencia Del Presente Decreto, Podrán Ser Girados Por El Ministerio De Minas Y Energía, Con Base En La Proyección De Costos Realizada Con La Información Aportada Por Los Prestadores Del Servicio, O A Falta De Ella, Con Base En La Información Disponible

Decreto 2590 de 2022 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pagos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas que se causen durante la vigencia del presente decreto, podrán ser girados por el Ministerio de Minas y Energía, con base en la proyección de costos realizada con la información aportada por los prestadores del servicio, o a falta de ella, con base en la información disponible. Los saldos que a 31 de diciembre de 2023 se generen por este concepto se atenderán con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal siguiente. El Ministerio de Minas y Energía podrá con cargo a los recursos disponibles apropiados para el efecto, pagar los saldos que por este concepto se hubieren causado en vigencias anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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