º El Inciso Segundo Del Parágrafo Del Artículo 96 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: "las Zonas Francas Informarán Al Administrador De Aduana Sobre Las Mercancías Relacionadas En Los Manifiestos De Carga Que No Hayan Ingresado A La Zona Dentro De Los Veinticinco (25) Días Calendario Siguientes Á La Recepción De Los Mismos"
Decreto 1472 de 1986 · Por el cual se modifica el Decreto 2666 de octubre 26 de 1984.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º El inciso segundo del
Parágrafo
del artículo 96 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: "Las zonas francas informarán al administrador de aduana sobre las mercancías relacionadas en los manifiestos de carga que no hayan ingresado a la zona dentro de los veinticinco (25) días calendario siguientes á la recepción de los mismos".
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.